Permiso Temporal de Publicidad

Permiso temporal (15 días máximo) que otorga la Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente para regular y controlar las actividades de publicidad de perifoneo, volanteo y publicidad móvil, para promover servicios, anuncios o productos mediante uso de alta voces, material impreso o digital tanto fijo como móvil en la vía pública que pueda repercutir en la imagen urbana.

Información del Trámite

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    • Descripción

    • Requisitos

        • Formato de solicitud DDUMA-012-PTP firmado por el propietario o por el representante legal acreditado con poder notarial actualizado, anexar copia de identificación oficial y copia del poder notarial del representante legal, según sea el caso.
        • Copia simple de la escritura de la propiedad debidamente inscrita en el registro público de la propiedad (titulo de propiedad, contrato de compra venta o cesión de derecho notariado e inscritos en el registro público de la propiedad), para persona moral anexar copia del acta constitutiva notariada, para arrendamiento presentar contrato de arrendamiento certificado ante notario publico, según sea el caso.
        • Copia del pago del impuesto predial del año en curso.
        • Copia de cedula de empadronamiento municipal vigente.
        • Copia de Cédula Ambiental Municipal vigente, en caso de aplicar.
        • Escrito libre describiendo la ruta o puntos de publicidad, anexar croquis de la ruta o sitio.
        • Anexar ejemplo de publicidad a utilizar por volanteo o publicidad grafica
        • Pago de derechos.
    • Pago de Derechos

      • Variable
    • Fundamentos Jurídicos

      • Art. 4 y 8 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Art. 6 y 10 de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, Art. 31 de la Ley Número 62 Estatal de Protección Ambiental, Art. 1,2,3,5 y 6 de la Ley Número 847 de Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos y de Manejo Especial para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Art, 1, 9, 14 Y 15 de la Ley número 59 Ley Contra el Ruido del Estado en el Veracruz, Art. 67, 68, 69, 171 y 172 del Reglamento de Protección Ambiental y Desarrollo Sustentable del Municipio de Coatzacoalcos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, Art. 168, 171 Fracc. III, 172 y 205 del Código Hacendario para el Municipio de Coatzacoalcos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
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        Av. Hilario Rodríguez Malpica 101, Centro, 96400 Coatzacoalcos, Ver.
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